La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) desarrolló un plan de facilidades de pago destinado a los contribuyentes que se encuentren en concurso preventivo de acreedores o en estado de quiebra, siempre que mantengan la continuidad de su actividad comercial.
La medida se oficializó a través del Boletín Oficial mediante la Resolución General 5759/2025.
Entrará en vigencia el próximo 26 de septiembre y permitirá regularizar deudas impositivas y de la seguridad social generadas después de la fecha de presentación en concurso o de la declaración de quiebra.
En particular, la norma contempla las obligaciones vencidas hasta dos años posteriores a esa fecha.
El plan establece un máximo de 18 cuotas. La tasa de interés financiero será equivalente a la de interés resarcitorio, actualmente fijada en 2,75% mensual según la Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía.
Los “Pequeños Contribuyentes, Micro y Pequeñas Empresas, y Entidades sin fines de lucro” podrán adherirse sin pago a cuenta.
Las “Medianas Empresas Tramo 1” deberán abonar un pago inicial del 1% del total adeudado, mientras que para las “Medianas Empresas Tramo 2” y los “Demás Contribuyentes” el pago a cuenta será del 3%.
Cada contribuyente podrá solicitar un plan por cada tipo de obligación.
Adicionalmente, la resolución general actualizó el monto mínimo del pago a cuenta y de las cuotas para todo el régimen de facilidades de pago previsto en la Resolución General 5321/2023, elevándolo de $2.000 a $50.000.





